
Deducciones
En materia de posibles deducciones las novedades se concentran en las siguientes:
Con relación a los corredores y viajantes de comercio, se destaca que cuando utilicen auto propio podrán deducir el 100% de la amortización y de los intereses por la adquisición del mismo, cuando antes tenía un límite del 40% de la ganancia no imponible. No obstante si el auto está afectado en parte al trabajo y parte a la actividad deberá proporcionar la deducción. En lo que hace a los gastos de movilidad y viáticos y otros, bajo ciertas premisas, se mantiene la restricción del 40% antes citada.